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Mediación

Nuevo instrumento para el consenso
al alcance las cooperativas valencianas

La mediación es un procedimiento en el que las partes llegan, ellas mismas, a la solución del conflicto. Una tercera persona, profesional e imparcial, ayudará en la negociación y controlará la intervención de las partes, pero no el contenido a tratar. Serán las propias partes en conflicto quienes encuentren una solución mutuamente satisfactoria.

El acta final de la mediación reflejará el resultado de la misma. En caso de que se haya alcanzado un acuerdo, total o parcial, el acta podrá elevarse a escritura pública para que éste sea vinculante.

Prima la confidencialidad: las opiniones expresadas o sugerencias hechas por las partes durante la mediación, o incluso los reconocimientos efectuados, no podrán presentarse como pruebas en futuros procedimientos.

Cómo se inicia
  • Por común acuerdo o pacto previo de las partes, a iniciativa de una de ellas o por derivación judicial o arbitral.
  • No es necesaria asistencia letrada.
  • Se exige un depósito de 100 euros si se inicia a instancia de una de las partes.